El Consejo de Rectores, conformado por los rectores de las Universidades de la Red, es el máximo organismo administrativo académico del Doctorado en Ciencias de la Educación.
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE RECTORES
| Rector |
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| LUIS ENRIQUE ARANGO JIMÉNEZ | |
| Universidad Tecnológica de Pereira |
FUNCIONES
| a) Presidir el Consejo de Rectores. |
| b) Representar al Consejo de Rectores en todos los actos pertinentes al Doctorado |
| c) Firmar convenios y contratos interinstitucionales e internacionales en aspectos o investigaciones que atañen al Doctorado. |
| d) Presidir el Comité Curricular o delegar en el Vicepresidente. |
| e) Tramitar ante los organismos nacionales del MEN, las decisiones del Consejo de Rectores. |
| f) Firmar contratos para r) Trazar las políticas académicas y administrativas tendientes al fortalecimiento de los estudios doctorales y a la búsqueda de la eficiencia en la gestión. |
| b) Nombrar, de entre sus miembros, al Presidente del Consejo de Rectores |
| c) Nombrar, de entre sus miembros al Vicepresidente del Consejo de Rectores |
| d) Nombrar al Director Académico |
| e) Crear, a petición del Comité Curricular, nuevas Áreas del Doctorado |
| f) Aprobar la reglamentación del Doctorado y de los diferentes Consejos y Comités. |
| g) Aprobar el Plan de Trabajo Anual con su presupuesto y cronograma presentado por el Comité Curricular y pedir informe anual de actividades. |
| h) Aprobar costos de matrícula, inscripciones y honorarios para los profesores. |
| i) Aprobar el presupuesto general del Doctorado. |
| j) Aprobar el ingreso y exclusión de una universidad a RUDECOLOMBIA. |
| k) Otorgar el Doctorado Honoris Causa, a propuesta del Comité Curricular |
|
l) Resolver, como organismo de apelación, los problemas que se le presenten. |
| m) Presentar los informes requeridos por las autoridades competentes para el fomento de la Educación Superior. |
| n) Las demás atribuciones que no correspondan específicamente a otras instanciendir informes de contaduría. |
| g) Autorizar el gasto, supervisar la planeación, ejecución y control presupuestal. |
| h) Contratar el personal al servicio de RUDECOLOMBIA. |
MIEMBROS DEL CONSEJO DE RECTORES
| Rector |
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| GERMÁN SIERRA ANAYA | |
| Universidad de Cartagena |
| Rector |
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| JOSÉ EDMUNDO CALVACHE LÓPEZ | |
| Universidad de Nariño |
| Rector |
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| ANA SOFIA MESA DE CUERVO | |
| Universidad del Atlántico |
| Rector |
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| DANILO REINALDO VIVAS | |
| Universidad del Cauca |
| Rector |
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| RUTHBER ANTONIO ESCORCIA CABALLERO | |
| Universidad del Magdalena |
| Rector |
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| ALFONSO LONDOÑO OROZCO | |
| Universidad del Quindío |
| Rector |
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| JESUS RAMÓN RIVERA BULLA | |
| Universidad del Tolima |
| Rector |
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| GUSTAVO ORLANDO ÁLVAREZ ÁLVAREZ | |
| Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia |
|
Rector |
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| LUIS ENRIQUE ARANGO JIMÉNEZ | |
| Universidad Tecnológica de Pereira |
FUNCIONES
| a) Trazar las políticas académicas y administrativas tendientes al fortalecimiento de los estudios doctorales y a la búsqueda de la eficiencia en la gestión. |
| b) Nombrar, de entre sus miembros, al Presidente del Consejo de Rectores |
| c) Nombrar, de entre sus miembros al Vicepresidente del Consejo de Rectores |
| d) Nombrar al Director Académico |
| e) Crear, a petición del Comité Curricular, nuevas Áreas del Doctorado |
| f) Aprobar la reglamentación del Doctorado y de los diferentes Consejos y Comités. |
| g) Aprobar el Plan de Trabajo Anual con su presupuesto y cronograma presentado por el Comité Curricular y pedir informe anual de actividades. |
| h) Aprobar costos de matrícula, inscripciones y honorarios para los profesores. |
| i) Aprobar el presupuesto general del Doctorado. |
| j) Aprobar el ingreso y exclusión de una universidad a RUDECOLOMBIA. |
| k) Otorgar el Doctorado Honoris Causa, a propuesta del Comité Curricular |
| l) Resolver, como organismo de apelación, los problemas que se le presenten. |
| m) Presentar los informes requeridos por las autoridades competentes para el fomento de la Educación Superior. |
| n) Las demás atribuciones que no correspondan específicamente a otras instancias. |
El Consejo de Rectores se reunirá ordinariamente una vez por semestre y extraordinariamente a petición del Presidente o de la mayoría de los Rectores.